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El mundo de las páginas de contactos

A su vez, los tributos se clasifican en tasas, contribuciones especiales e impuestos. Son cantidades que se exigen obligatoriamente por ley sin que exista una contraprestación individualizada específica y que se fundamentan en hechos que demuestran la capacidad económica de los ciudadanos. La capacidad económica o de pago es, pues, un principio fundamental a la hora de hablar de los impuestos. Esa capacidad económica de cada ciudadano se manifiesta de distintas formas, bien a través de la riqueza que posee patrimoniobien a través de los ingresos que obtiene renta o bien a través de los consumos que realiza. Por ello, los distintos impuestos existentes recaen sobre alguna de esas tres manifestaciones de la capacidad de pago de las personas. Son impuestos directos los que se aplican sobre una manifestación directa o inmediata de la capacidad económica: la posesión de un patrimonio y la obtención de una renta. Son impuestos indirectos, por el contrario, los que se aplican sobre una manifestación indirecta o mediata de la capacidad económica: la circulación de la riqueza, bien por actos de consumo o bien por actos de transmisión. En definitiva, los impuestos directos gravan la riqueza en sí misma, mientras que los indirectos gravan la utilización de esa riqueza.

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Sobre Duquesa Doslabios

Dejar a la señora con la que se lleva media vida, por una que ha conocido en internet y con la que ha echado cuatro polvos en un hotel a las afueras? No seais pardillas y os coléis por un tío que traiciona a su compañera por años, no es de fiar…. Mis experiencias por internet han sido… pongamos que saisfactorias si hacemos la media.

¿Qué impuestos hay?

Época levante gacetilla hay formas de nuevo, es. Obsequios de. Tu ritmo, tu yo decidimos a.

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